Protección del Público a Través de Estándares de Acreditación Basados en Competencias

Como miembro de la junta International Credentialing & Reciprocity Consortium,
La Junta International Reciprocity Board of Therapeutic Professional Counselors (IRBO) proporciona un medio de examen y certificación para consejeros calificados en el campo de la consejería sobre alcohol y drogas.

Fundada en 2004, IRBO adoptó estándares internacionales desarrollados por IC&RC para probar la competencia de un candidato en la Detección, Evaluación y Participación, Consejería, Planificación del Tratamiento, Colaboración y Referencia y Ética Profesional.

La junta ofrece las siguientes certificaciones:
CADC-Consejero avanzado de alcohol y drogas certificado 
CAADC-Consejero avanzado de alcohol y drogas certificado

Junta Ejecutiva de IRBO

Presidente
Gilberto Rodríguez, Jr. PhD

Vicepresidente
Víctor M. Rodriguez-Clemente

Director de Acreditación y Reciprocidad
José G. Cruz Rodríguez, PhD, LMHC, LPC, LCDCS, CAADC, SAP

Secretario
Jaime Galarza Sierra, ThD

Tesorero
Dra. Rafaela Rosa

IRBO es miembro de la junta de IC&RC, el líder mundial en la acreditación de profesionales de prevención, tratamiento de adicciones y recuperación. Organizado en 1981, proporciona estándares y exámenes a las juntas de certificación y licencias en 24 países, 47 estados y territorios, cinco regiones de nativos americanos y todas las ramas del ejército de los EE. UU. Haga clic en el logotipo a la derecha para verificar nuestro estado.

Requisitos de certificación
de un vistazo

CADC

Certified Alcohol and Drug Counselor

Resúmen de los Requisitos de la Certificación CADC
(Consejero Certificado de Alcohol y Drogas)

Experiencia
Hasta 6,000 horas (según el nivel y el enfoque del título), experiencia en consejería clínica a tiempo completo o parcial trabajando con clientes con trastornos por uso de sustancias.

Educación
300 horas de educación. De estas horas, 180 deben ser específicas para trastornos por uso de sustancias y las 120 adicionales pueden estar relacionadas con los Dominios ADC.

La educación específica sobre el trastorno por uso de sustancias para el CADC debe estar en los temas de dominio del IC&RC ADC y debe enfocarse específicamente en el alcohol, el tabaco y/u otras cuestiones relacionadas con el uso de drogas. Las palabras clave en los títulos de los cursos son: abuso de sustancias, trastorno por uso de sustancias, adicción a las drogas, dependencia química, alcohol, tabaco, uso de drogas o trastornos concurrentes. Los cursos generales de teoría clínica y métodos terapéuticos contarán como relacionados con los servicios de especialidad del tratamiento de trastornos por uso de sustancias. 

Supervisión
Hasta 300 horas (dependiendo del nivel y enfoque de la carrera), de supervisión directa en servicios SUD, específicos de los Dominios de desempeño de IC&RC/ADC (con un mínimo de 10 horas en cada Dominio).

Pruebas
IC&RC/ADC, examen de Consejero de Alcohol y Drogas, o examen de AADC (si está trabajando en una futura maestría).

Código Ético
Firmar y adherirse al Código de Ética de IRBO vigente.

Residencia
Debe vivir o trabajar dentro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el cincuenta y uno (51%) por ciento del tiempo.

Aplicación
Cuando se hayan completado todos los requisitos, envíe su solicitud CADC a IRBO para su revisión. Toda la documentación debe estar en copias de los formularios proporcionados y en el formato especificado en los formularios de la aplicación y las instrucciones. Tenga en cuenta que todos los requisitos deben haberse completado dentro de los veinte años anteriores a la presentación de la aplicación.

Honorarios
Envíe los honorarios no reembolsables con la aplicación. 

Certificación Inicial
Una vez aprobado, el período de certificación inicial de CADC será de dos (2) años.

Renovación
La renovación al final del período de dos (2) años requiere la presentación de la aplicación de renovación y prueba de haber completado al menos 40 horas de educación continua, con al menos 20 horas específicas y enfocadas en el tratamiento de trastornos por uso de sustancias. Hasta 6,000 horas (según el nivel y el enfoque del título), experiencia en consejería clínica a tiempo completo o parcial trabajando con clientes con trastornos por uso de sustancias.

CAADC

Certified Advanced Alcohol and Drug Counselor

Resúmen de los Requisitos de la Certificación CAADC
(Consejero Avanzado Certificado de Alcohol y Drogas)

Experiencia
2000 horas, experiencia en consejería clínica a tiempo completo o parcial, posgrado, trabajando con clientes con trastornos por uso de sustancias.


Educación
Maestría o superior, o licencia a nivel de maestría, en consejería, o ciencia relacionada, con aplicación clínica. 180 horas de contacto de educación en total. 180 horas de educación que son específicas para los trastornos por uso de sustancias.

La educación para el CAADC debe estar en los temas de dominio de IC&RC AADC y debe enfocarse específicamente en problemas de alcohol, tabaco y/u otras drogas. Las palabras clave en los títulos de los cursos son: abuso de sustancias, trastorno por uso de sustancias, adicción a las drogas, dependencia química, alcohol, tabaco, uso de drogas o trastornos concurrentes. Los cursos generales de teoría clínica y métodos terapéuticos no contarán si no son específicos de los servicios de especialidad del tratamiento de trastornos por uso de sustancias.  

Supervisión
100 horas de supervisión directa en servicios SUD, después de la Maestría, específicas de los Dominios de Desempeño IC&RC/AADC (con un mínimo de 25 horas en cada Dominio.

Pruebas
IC&RC/AADC, examen de Consejero Avanzado de Alcohol y Drogas

Código Ético
Firmar y adherirse al Código de Ética de IRBO vigente.

Residencia
Debe vivir o trabajar dentro del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el cincuenta y uno (51%) por ciento del tiempo.

Aplicación
Cuando se hayan completado todos los requisitos, envíe su solicitud CAADC a IRBO para su revisión. Toda la documentación debe estar en copias de los formularios proporcionados y en el formato especificado en los formularios de la aplicación y las instrucciones. Tenga en cuenta que todos los requisitos deben haberse completado dentro de los veinte años anteriores a la presentación de la aplicación.


Honorarios 
Envíe los honorarios no reembolsables con la aplicación.

Certificación Inicial
Una vez aprobado, el período de certificación inicial de CAADC será de dos (2) años.

Renovación
La renovación al final del período de dos (2) años requiere la presentación de la aplicación de renovación y prueba de haber completado al menos 40 horas de educación continua, siendo al menos 20 horas específicas y enfocadas en el tratamiento de trastornos por uso de sustancias.

El Proceso de Certificación

1

Aplicación Revisada

Envíe la aplicación para CADC o CAADC por correo.

2

Aplicación Revisada

Su aplicación es revisada para verificar cumplimiento de los requisitos.
Se requiere un honorario de $150.00.

3

Aplicación Aprobada

Su aplicación es aprobada si cumple con los requisitos para tomar el examen.  Se requiere un honorario adicional de $150.00.

4

Exámen Programado

Una lista de fechas disponibles se enviara.   Se requiere un honorario adicional de $300.00 para una cita de examen.

5

Exámen Aprobado

Sus repuestas en el examen se revisaran y sus resultados se verifican.

6

Certificación Enviada

IRBO envía su certificado por correo indicando que ha cumplido con todos los requisitos para la certificación. Su nombre también aparece en nuestro directorio de profesionales certificados.

Preguntas Frecuentes
Exámenes

IRBO ofrece dos exámenes para las siguientes credenciales:
Consejero avanzado de alcohol y drogas certificado por IC&RC/ADC
Consejero avanzado de alcohol y drogas certificado por IC&RC/AADC

Cada examen tiene una duración de tres horas y consta de 150 preguntas de opción múltiple desarrolladas por expertos en la materia del IC&RC.

Asi que cada examen está diseñado para proteger al público, solo aquellos candidatos que demuestren un alto nivel de competencia en la Detección, Evaluación y Participación, evaluación y participación; consejeria; planificación de tratamiento, colaboración y referencia; y ética y responsabilidad profesional.

Se recomienda encarecidamente a los candidatos que visiten el sitio de IC&RC para obtener información sobre valiosos materiales de estudio para el examen que les ayudarán a prepararse para el examen de IC&RC.  Haga clic aquí para visitar el sitio de materiales de estudio para el examen de IC&RC.

A los candidatos para los exámenes se les permitirá realizar la prueba solo después de que se apruebe su aplicación. Esto significa que todos los requisitos para la certificación que buscan se han documentado y cumplido adecuadamente. Una vez que se aprueba una solicitud, el candidato recibirá instrucciones por correo electrónico para registrarse para el examen. Los puntajes preliminares se proporcionan inmediatamente después del examen y están sujetos a revisión por parte de IRBO. Una vez revisado, IRBO enviará por correo electrónico al candidato un informe de puntaje final. Si el candidato aprueba el examen, IRBO emitirá un certificado al candidato.

Si. Peticiónes de acomodación basadas en una discapacidad médica deben realizarse en el momento en que el candidato presenta una aplicación de certificación. Se debe presentar una carta de un profesional de la salud que verifique la discapacidad médica del candidato con la petición de acomodación.

Si. Peticiónes de acomodación especial basadas en la observancia religiosa deben realizarse en el momento en que el candidato presenta una aplicación de certificación. Se debe presentar una carta de un clero que verifique la observancia religiosa del candidato con la petición de acomodación.

Los exámenes cubren cuatro dominios de actuación:
Dominio I: Detección, Evaluación y Participación
Dominio II: Consejería
Dominio III: Planificación del Tratamiento, Colaboración y Referencia
Dominio IV: Ética Profesional

The CADC (Certified Alcohol and Drug Counselor) examination covers the foundations of each of the four performance domains of the alcohol and drug counselor.  

In addition to the foundations of each of the four performance domains of the alcohol and drug counselor, the CAADC (Certified Advanced Alcohol and Drug Counselor) examination covers advanced skills that are required for the treatment of co-occuring mental health disorders.  Generally, a master's degree in counseling, or related field, is required to qualify for CAADC certification.

An outline of each examination is provided below.

IC&RC
Consejero Avanzado de Alcohol y Drogas
AADC
Resumen del Examen

IC&RC ha formado cuatro dominios para categorizar las funciones del consejero avanzado de alcohol y drogas. Cada dominio se enumera a continuación con sus tareas correspondientes. Los candidatos deben estar completamente familiarizados con todas las tareas de cada uno de los cuatro dominios.

Dominio I: Detección, Evaluación, y Participacion. Este dominio contiene 11 tareas.
Aproximadamente 34 de 150 preguntas en el examen CAADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Demostrar habilidades verbales y no verbales para establecer una relación y promover el compromiso con las personas atendidas que presentan todos los niveles de gravedad.

Tarea 2: Discutir con las personas atendidas la justificación, el propósito y los procedimientos asociados con el proceso de selección y evaluación para facilitar la comprensión y la cooperación.

Tarea 3: Evaluar las necesidades inmediatas y la preparación para el cambio de la persona atendida a través de la evaluación del comportamiento observado y otros signos y síntomas relevantes del uso de sustancias y/o trastornos de salud mental concurrentes.

Tarea 4: reconocer las interacciones entre el uso concomitante de sustancias, la salud mental y/u otras condiciones de salud.

Tarea 5: Evaluar la idoneidad de la consulta y derivación para Tratamiento Asistido por Medicamentos (MAT) por uso de sustancias y/o trastornos de salud mental.

Tarea 6: Identificar las herramientas de detección y evaluación que sean apropiadas para la demografía de la persona atendida.

Tarea 7: Usar entrevistas clínicas e instrumentos de evaluación para obtener y documentar información bio/psico/social/espiritual relevante de la persona atendida y/o de otros interesados.

Tarea 8: Detectar el riesgo de daño a la persona atendida y/u otros.

Tarea 9: Formular diagnósticos basados ​​en los signos y síntomas de uso de sustancias y/o trastornos de salud mental concurrentes mediante la interpretación del comportamiento observable, datos objetivos y resultados de entrevistas y evaluaciones.

Tarea 10: Utilizar los criterios de ubicación apropiados para determinar el nivel de atención.

Tarea 11: Desarrollar un resumen completo por escrito basado en los resultados de la evaluación y la evaluación bio/psico/social/espiritual para respaldar el (los) diagnóstico(s) y las recomendaciones de tratamiento.

Dominio II: Planificación del Tratamiento, Colaboración y Referencia. Este dominio contiene 10 tareas.
Aproximadamente 27 de 150 preguntas en el examen CAADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Discutir la evaluación de diagnóstico, los hallazgos y las recomendaciones con la persona atendida y otros interesados.

Tarea 2: Desarrollar objetivos específicos, medibles, alcanzables, razonables y de tiempo específico, a corto y largo plazo con el cliente.

Tarea 3: Identificar y facilitar el acceso a los recursos de la comunidad para apoyar la recuperación en curso.

Tarea 4: Revisar y modificar el plan de tratamiento con el cliente según la evaluación del progreso del cliente y el nivel de preparación del cliente.

Tarea 5: Desarrolle un plan con la persona atendida para fortalecer la recuperación continua fuera del tratamiento primario.

Tarea 6: Documentar el progreso del tratamiento, los resultados y los planes de atención continua.

Tarea 7: Adaptar las estrategias de intervención a las necesidades únicas de la persona atendida, reconociendo múltiples vías de recuperación.

Tarea 8: Determinar la efectividad y el resultado de las referencias a través de una evaluación y documentación continuas.

Tarea 9: Documentar todas las colaboraciones, consultas y referencias.

Tarea 10: Colaborar con otros profesionales.

Dominio III: Consejería. Este dominio contiene 10 tareas.
Aproximadamente 47 de las 150 preguntas del examen CAADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Desarrollar una relación terapéutica con las personas atendidas, las familias y otras personas interesadas.

Tarea 2: Evaluar continuamente la seguridad y el potencial de recaída del cliente y desarrollar estrategias para anticipar y responder a las crisis.

Tarea 3: Aplicar habilidades de consejería culturalmente competentes y basadas en evidencia para promover el progreso hacia los objetivos del tratamiento.

Tarea 4: Documentar los servicios proporcionados y el progreso hacia las metas y objetivos.

Tarea 5: Educar a la persona atendida sobre la estructura, expectativas y limitaciones del proceso de consejería

Tarea 6: Usar habilidades de consejería individual y grupal para igualar el nivel de preparación del cliente para alcanzar las metas del tratamiento.

Tarea 7: Adaptar las estrategias de consejería para que coincidan con las características y opciones únicas de la persona atendida.

Tarea 8: Educar a la persona atendida y a otras personas preocupadas sobre los efectos biológicos y psiquiátricos del uso y abuso de sustancias.

Tarea 9: Educar a la persona atendida y a otros interesados ​​sobre las farmacoterapias para el uso de sustancias y los trastornos de salud mental.

Tarea 10: Proporcionar a las familias y otras personas interesadas estrategias de recuperación para mantener relaciones saludables con la persona atendida.

Tarea 11: Identificar y adaptar las estrategias educativas a las necesidades únicas de la persona a la que se atiende y a los demás interesados.

Tarea 12: Comunicar el tema necesario de una manera clara, comprensible y apropiada desde el punto de vista cultural y de desarrollo.

Tarea 13: Utilizar datos de resultados para modificar continuamente las estrategias de asesoramiento y el plan de tratamiento para maximizar la eficacia clínica.

Tarea 14: Educar a la persona atendida y al sistema de apoyo sobre la autoeficacia y el empoderamiento.

Dominio IV: Ética. Este dominio contiene 15 tareas.
Aproximadamente 41 de 150 preguntas en el examen CAADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Adherirse a los códigos profesionales de ética y estándares de práctica establecidos.

Tarea 2: Adherirse a las normas y reglamentos aplicables para coordinar y/o proporcionar servicios de salud, salud mental y consumo de sustancias concurrentes.

Tarea 3: Demostrar competencia cultural.

Tarea 4: Reconocer los sesgos personales, incluidos los sentimientos, preocupaciones y similares para minimizar el impacto del tratamiento de estos factores.

Tarea 5: Continuar el desarrollo profesional a través de la educación, la autoevaluación, la supervisión clínica y la consulta.

Tarea 6: Identifique y evalúe a los clientes que están fuera del alcance de la práctica del consejero y remítalos a otros proveedores según corresponda.

Tarea 7: Comprender y aplicar la literatura de investigación actual y relevante para mejorar la atención al cliente y mejorar el desarrollo profesional.

Tarea 8: Comprender y utilizar los avances tecnológicos en la prestación de servicios.

Tarea 9: Proteger la integridad profesional y los mejores intereses de los clientes identificando, abordando y defendiendo a los proveedores incapacitados.

Tarea 10: Proteger la integridad de la profesión y los mejores intereses de los clientes atendidos al identificar y abordar las prácticas poco éticas.

Tarea 11: Defender los derechos del cliente a la privacidad y la confidencialidad de acuerdo con las normas y reglamentos específicos de la jurisdicción.

Tarea 12: Obtener el consentimiento por escrito requerido para divulgar información de la persona atendida y/o del tutor legal.

Tarea 13: Preparar informes y registros oportunos, concisos, clínicamente precisos y objetivos.

Tarea 14: Abogar y ayudar a la persona atendida a navegar el sistema de prestación de servicios.

Tarea 15: Brindar todos los servicios de manera informada sobre el trauma.

IC&RC
Consejero de Alcohol y Drogas
ADC
Resumen del Examen

El IC&RC ha formado cuatro dominios para categorizar las funciones del consejero de alcohol y drogas. Cada dominio se enumera a continuación con sus tareas correspondientes. Los candidatos deben estar completamente familiarizados con todas las tareas de cada uno de los cuatro dominios.

DOMINIO I: Detección, Evaluación y Participación. Este dominio contiene 8 tareas.
Aproximadamente 34 de 150 preguntas en el examen CADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Demostrar habilidades verbales y no verbales para establecer una buena relación y promover el compromiso.

Tarea 2: Discutir con las personas atendidas la justificación, el propósito y los procedimientos asociados con el proceso de selección y evaluación para facilitar la comprensión y la cooperación.

Tarea 3: Evaluar las necesidades inmediatas y la preparación para el cambio de la persona atendida a través de la evaluación del comportamiento observado y otra información relevante, incluidos los signos y síntomas de intoxicación y abstinencia.

Tarea 4: Administrar instrumentos apropiados de detección y evaluación basados ​​en evidencia específicos para los clientes para determinar sus fortalezas y necesidades.

Tarea 5: Obtener el historial relevante y la información relacionada del cliente y otras fuentes pertinentes para establecer la elegibilidad y la idoneidad de los servicios.

Tarea 6: Detectar necesidades físicas, afecciones médicas y trastornos de salud mental concurrentes que puedan requerir evaluación y remisión adicionales.

Tarea 7: Interpretar los resultados de la detección y evaluación e integrar toda la información disponible para formular una impresión diagnóstica y determinar un curso de acción apropiado.

Tarea 8: Desarrollar un resumen escrito de los resultados de la detección y evaluación para documentar y respaldar las impresiones diagnósticas y las recomendaciones de tratamiento.

Dominio II: Planificación del Tratamiento, Colaboración y Referencia. Este dominio contiene 10 tareas.
Aproximadamente 41 de 150 preguntas en el examen CADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Formular y discutir la evaluación de diagnóstico y las recomendaciones con el cliente y otras personas interesadas para iniciar un plan de tratamiento individualizado que incorpore las fortalezas, necesidades, habilidades y preferencias del cliente.

Tarea 2: Utilice la evaluación y colaboración continuas con el cliente y otras personas interesadas para revisar y modificar el plan de tratamiento para abordar las necesidades de tratamiento.

Tarea 3: Relacionar las necesidades del cliente con los recursos de la comunidad para facilitar resultados positivos del tratamiento.

Tarea 4: Discutir la justificación de una remisión con el cliente.

Tarea 5: Comunicarse con los recursos de la comunidad con respecto a las necesidades del cliente.

Tarea 6: Abogar por el cliente en áreas de necesidades identificadas para facilitar la continuidad de la atención.

Tarea 7: Evaluar la eficacia de las actividades de gestión de casos para garantizar una coordinación de servicios de calidad.

Tarea 8: Desarrollar un plan con el cliente para fortalecer la recuperación continua fuera del tratamiento primario.

Tarea 9: Documentar el progreso del tratamiento, los resultados y los planes de atención continua.

Tarea 10: Utilizar múltiples vías de recuperación en la planificación y derivación del tratamiento.

Dominio III: Consejería. Este dominio contiene 10 tareas.
Aproximadamente 42 de 150 preguntas en el examen CADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: Desarrollar una relación terapéutica con los clientes y otras personas interesadas para facilitar la transición al proceso de recuperación.

Tarea 2: Proporcionar información al cliente sobre la estructura, expectativas y propósito del proceso de consejería.

Tarea 3: Evaluar continuamente la seguridad del cliente, el potencial de recaída y la necesidad de intervención en caso de crisis.

Tarea 4: Aplicar estrategias de asesoramiento culturalmente competentes y basadas en la evidencia para facilitar el progreso hacia los objetivos del tratamiento.

Tarea 5: ayudar a las familias y otras personas interesadas a comprender los trastornos por uso de sustancias e involucrarlos en el proceso de recuperación.

Tarea 6: Documentar la actividad de consejería y el progreso hacia las metas y objetivos del tratamiento.

Tarea 7: Proporcionar información sobre cuestiones de identidad, origen étnico, edad, orientación sexual y género en relación con el consumo de sustancias, la prevención y la recuperación.

Tarea 8: Proporcionar información sobre la enfermedad de la adicción y las consecuencias psicosociales y de salud relacionadas.

Dominio IV: Ética. Este dominio contiene 15 tareas.
Aproximadamente 33 de 150 preguntas en el examen CADC evalúan la competencia del solicitante para realizar las tareas en este dominio.

Tarea 1: adherirse a los códigos de ética profesionales establecidos para defender y promover los derechos de los clientes y los mejores intereses de la profesión.

Tarea 2: Reconocer la diversidad, la demografía y la cultura del cliente que influyen en el comportamiento para brindar servicios culturalmente sensibles.

Tarea 3: Continuar la educación, la autoevaluación, la supervisión y la consulta para mantener la eficacia y el desarrollo profesional.

Tarea 4: Identificar y evaluar las necesidades del cliente que no están dentro del alcance de la práctica del consejero y derivar a otros proveedores según corresponda.

Tarea 5: Defender los derechos del cliente a la privacidad y confidencialidad de acuerdo con las mejores prácticas en la preparación y manejo de registros.

Tarea 6: Obtener el consentimiento por escrito para divulgar información del cliente y/o tutor legal, de acuerdo con las mejores prácticas.

Tarea 7: Preparar informes y registros oportunos, concisos, clínicamente exactos y objetivos.

Principios de Ética

Con el fin de garantizar la prestación de servicios adecuada y eficaz para los destinatarios de los servicios de trastorno por uso de sustancias, IRBO ha adoptado un Código de Ética basado en los 12 Principios de Ética adoptados por el IC&RC que rigen la conducta de los profesionales certificados. Debido a que el examen IC&RC evalúa la competencia de un candidato en la aplicación de los 12 Principios de Ética, se requiere que los candidatos estén completamente familiarizados con estos principios.

El consejero no discriminará a los clientes o profesionales por motivos de raza, religión, edad, género, discapacidad, ascendencia nacional, orientación sexual o condición económica.

El consejero deberá evitar traer asuntos personales o profesionales a la relación de consejería. A través de la conciencia del impacto de los estereotipos y la discriminación, el consejero protege los derechos individuales y la dignidad personal de los clientes.

El consejero deberá estar bien informado sobre las condiciones de discapacidad, demostrar empatía y comodidad emocional personal en las interacciones con los clientes con discapacidades y poner a disposición adaptaciones físicas, sensoriales y cognitivas que permitan a los clientes con discapacidades recibir servicios.

El consejero deberá defender la objetividad y la integridad, y mantener los más altos estándares en los servicios que ofrece el consejero.

El consejero mantendrá el respeto por las políticas institucionales y las funciones de gestión de las agencias e instituciones dentro de las cuales se prestan los servicios, pero tomará la iniciativa para mejorar dichas políticas cuando sirva mejor a los intereses del cliente.

El consejero, como educador, tiene la obligación principal de ayudar a otros a adquirir conocimientos y habilidades para tratar la enfermedad del alcoholismo y el abuso de drogas.
El consejero, que supervisa a otros, acepta la obligación de facilitar un mayor desarrollo profesional de estas personas al proporcionar información precisa y actualizada, evaluaciones oportunas y consultas constructivas.

El consejero, que tenga conocimiento de una conducta no ética o de modos de práctica no profesionales, deberá informar tal comportamiento inapropiado a la autoridad correspondiente.

El consejero deberá defender la objetividad y la integridad, y mantener los más altos estándares en los servicios que ofrece el consejero.

El consejero deberá mantener el respeto por las políticas institucionales y las funciones de gestión de las agencias e instituciones dentro de las cuales se prestan los servicios, pero tomará la iniciativa hacia El consejero deberá reconocer que la profesión se basa en estándares internacionales de competencia que promueven los mejores intereses de la sociedad, del cliente, del consejero y de la profesión en su conjunto. El consejero deberá reconocer la necesidad de educación continua como un componente de la competencia profesional.

El consejero reconocerá los límites y limitaciones de las competencias del consejero y no ofrecerá servicios ni utilizará técnicas fuera de estas competencias profesionales.

El consejero deberá reconocer el efecto del impedimento en el desempeño profesional y deberá estar dispuesto a buscar el tratamiento adecuado para sí mismo o para un colega. El consejero apoyará los programas de asistencia entre pares a este respecto.

El consejero respetará los códigos morales legales y aceptados que se refieren a la conducta profesional.

El consejero deberá conocer todas las leyes federales y las leyes del estado respectivo del consejero que rigen la práctica de la consejería sobre alcoholismo y abuso de drogas.

El consejero no reclamará, ya sea directa o implícitamente, cualificaciones/afiliaciones profesionales que el consejero no posea.

El consejero se asegurará de que los productos o servicios asociados o proporcionados por el consejero por medio de enseñanza, demostración, publicaciones u otros tipos de medios cumplan con los estándares éticos de este código.

El consejero respetará honestamente los límites del conocimiento presente en las declaraciones públicas sobre el alcoholismo y el abuso de drogas.

El consejero, al hacer declaraciones a los clientes, a otros profesionales y al público en general, declarará como hechos sólo aquellos asuntos que hayan sido validados empíricamente como hechos. Todas las demás opiniones, especulaciones y conjeturas sobre la naturaleza del alcoholismo y el abuso de drogas, su historia natural, su tratamiento o cualquier otro asunto que toque el tema del alcoholismo y el abuso de drogas se presentarán como menos que validados científicamente.

El consejero reconocerá e informará con precisión la justificación y el apoyo de las declaraciones hechas sobre la naturaleza del alcoholismo y el abuso de drogas, su historia natural y su tratamiento. Dichos reconocimientos deben extenderse a la fuente de la información y la confiabilidad del método por el cual se obtuvo.

El consejero asignará crédito a todos los que han contribuido al material publicado y al trabajo en el que se basa la publicación.

El consejero reconocerá la autoría conjunta y las principales contribuciones de carácter profesional realizadas por una o más personas a un proyecto común. El autor que haya realizado la contribución principal a una publicación debe identificarse como primer autor.

El consejero deberá reconocer en notas al pie o en una declaración introductoria contribuciones menores de naturaleza profesional, asistencia administrativa extensa o similar y otras contribuciones menores.

El consejero de ninguna manera violará los derechos de autor de nadie al reproducir material en cualquier forma, excepto en aquellas formas permitidas por las leyes de derechos de autor. Esto implica la violación directa de los derechos de autor, así como el asentimiento pasivo a la violación de los derechos de autor por parte de otros.

El consejero promoverá la protección de la salud pública, la seguridad y el bienestar y el mejor interés del cliente como guía principal para determinar la conducta de todos los consejeros.

El consejero divulgará el código de ética del consejero, las lealtades profesionales y las responsabilidades de todos los clientes.

El consejero terminará una relación de asesoramiento o consultoría cuando esté razonablemente claro para el consejero que el cliente no se está beneficiando de la relación.

El consejero tendrá como prioridad el bienestar del cliente al tomar decisiones o recomendaciones relacionadas con la remisión, los procedimientos de tratamiento o la finalización del tratamiento.

El consejero no usará ni alentará la participación de un cliente en ninguna demostración, investigación u otras actividades que no sean de tratamiento cuando dicha participación podría tener consecuencias potencialmente dañinas para el cliente o cuando el cliente no esté completamente informado. (Principio 9)

El consejero se encargará de prestar los servicios en un entorno que asegure la privacidad y seguridad del cliente en todo momento y garantice la idoneidad de la prestación del servicio.

El consejero que trabaje en el mejor interés del cliente asumirá, como obligación principal, el deber de proteger los derechos del cliente bajo confidencialidad y no divulgará información confidencial adquirida en la enseñanza, la práctica o la investigación sin el consentimiento debidamente ejecutado.

El consejero deberá proporcionar al cliente sus derechos con respecto a la confidencialidad, por escrito, como parte de informar al cliente en cualquier área que pueda afectar la confidencialidad del cliente. Esto incluye la grabación de la entrevista clínica, el uso de material con fines de seguro, el uso de material para capacitación u observación por otra parte.

El consejero tomará las disposiciones apropiadas para el mantenimiento de la confidencialidad y la disposición final de los registros confidenciales. El consejero se asegurará de que los datos obtenidos, incluida cualquier forma de comunicación electrónica, estén protegidos por la metodología de seguridad disponible. Los datos se limitarán a la información que sea necesaria y adecuada para los servicios que se presten y serán accesibles solo para el personal apropiado.

El consejero se adherirá a todas las leyes federales y estatales con respecto a la confidencialidad y la responsabilidad del consejero de reportar información clínica en circunstancias específicas a las autoridades correspondientes.

El consejero discutirá la información obtenida en las relaciones clínicas, de consultoría u observación solo en los entornos apropiados para fines profesionales que sean en el mejor interés del cliente. Los informes escritos y orales deben presentar únicamente datos pertinentes y de conformidad con el propósito de evaluación, diagnóstico, progreso y cumplimiento. Se hará todo lo posible para evitar la invasión indebida de la privacidad.

El consejero utilizará material clínico y de otro tipo en la enseñanza y/o la escritura solo cuando no se utilice información de identificación sobre las partes involucradas.

Es responsabilidad del consejero salvaguardar la integridad de la relación de consejería y asegurar que el cliente tenga un acceso razonable a un tratamiento efectivo. El consejero deberá proporcionar al cliente información precisa y completa sobre el alcance de la posible relación profesional.

El consejero deberá informar al cliente y obtener el consentimiento del cliente en áreas que puedan afectar la participación del cliente, incluida la grabación de una entrevista, el uso de material de entrevista con fines de capacitación y/o la observación de una entrevista por parte de otra persona.

El consejero no participará en relaciones o compromisos profesionales que entren en conflicto con familiares, amigos, asociados cercanos u otras personas cuyo bienestar pueda verse comprometido por dicha relación dual.

El consejero no explotará las relaciones con clientes actuales o anteriores para beneficio personal, incluidas las relaciones sociales o comerciales.

El consejero no deberá, bajo ninguna circunstancia, involucrarse en comportamiento sexual con clientes actuales o anteriores.

El consejero no aceptará como clientes a nadie con quien haya tenido una conducta sexual.

El consejero deberá defender la objetividad y la integridad, y mantener los más altos estándares en los servicios que ofrece el consejero.

El consejero mantendrá el respeto por las políticas institucionales y las funciones de gestión de las agencias e instituciones dentro de las cuales se prestan los servicios, pero tomará la iniciativa para mejorar dichas políticas cuando sirva mejor a los intereses del cliente.

El consejero, como educador, tiene la obligación principal de ayudar a otros a adquirir conocimientos y habilidades para tratar la enfermedad del alcoholismo y el abuso de drogas.
El consejero, que supervisa a otros, acepta la obligación de facilitar un mayor desarrollo profesional de estas personas al proporcionar información precisa y actualizada, evaluaciones oportunas y consultas constructivas.

El consejero, que tenga conocimiento de una conducta no ética o de modos de práctica no profesionales, deberá informar tal comportamiento inapropiado a la autoridad correspondiente.

El consejero establecerá arreglos financieros en la práctica profesional de acuerdo con las normas profesionales que salvaguarden primero los mejores intereses del cliente y luego del consejero, la agencia y la profesión.

El consejero informará al cliente de todas las políticas financieras. En circunstancias en las que una agencia dicte disposiciones explícitas con su personal para consultas privadas, los clientes deberán conocer plenamente estas políticas.

El consejero considerará la capacidad de un cliente para cubrir el costo financiero al establecer las tarifas de los servicios profesionales.

El consejero no participará en la división de honorarios. El consejero no enviará ni recibirá ninguna comisión o descuento o cualquier otra forma de remuneración por la referencia de clientes para servicios profesionales.

El consejero, en la práctica de la consejería, en ningún momento utilizará su relación con los clientes para beneficio personal o para el beneficio de una agencia o cualquier empresa comercial de cualquier tipo.

El consejero no aceptará honorarios privados por trabajo profesional con una persona que tenga derecho a tales servicios a través de una institución o agencia a menos que el cliente esté informado de tales servicios y todavía solicite servicios privados.

El consejero deberá, en la medida de sus posibilidades, participar activamente en la política pública y los procesos legislativos, las instituciones educativas y el público en general para cambiar la política pública y la legislación para hacer posibles las oportunidades y la elección de servicios para todos los seres humanos de cualquier origen étnico o social, cuyas vidas se ven afectadas por el alcoholismo y el abuso de drogas.

Verificar Credenciales

Las siguientes personas han cumplido con todos los requisitos para la certificación por IRBO.

NombreCertificacionNumero de CertificacionEmitidaVence
111111111111111111111CAADCAADC111111MM-DD-YYYYMM-DD-YYYY
1CADCADC111111
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